El Gobierno
oficializó los tres montos fijos que recibirán los usuarios que empiecen a
utilizar el sistema de devolución de impuestos de la canasta básica. Además,
habrá descuentos especiales para comerciantes que empiecen a aceptar tarjetas
Cuando la ley
de devolución del 15% del IVA de la canasta básica era discutida en el
Congreso, uno de los principales
puntos de debate fue cómo incentivar el uso de
tarjetas de crédito y débito entre los ciudadanos de bajos ingresos, quienes
suelen realizar sus compras únicamente en efectivo. La solución encontrada fue
establecer un sistema de bonos fijos que se pagarán a los usuarios que utilicen
el sistema en sus primeros meses de uso.
El mecanismo
fue oficializado este martes a través del Boletín Oficial. Según establece la
Resolución General 3906 de la AFIP, los montos fijos que se podrán cobrar serán
de 150, 75 y 50 pesos. Los tres se computarán para el tope de $300 mensuales
que establece la ley como máximo permitido para los reintegros.
Quienes
quieran cobrar los montos fijos, deberán cumplir las siguientes condiciones:
· Bono de $150: podrá cobrarse hasta
dos veces. Una por cada compra de productos de la canasta básica realizada con
tarjeta de crédito, débito o prepaga (las utilizadas para el cobro de algunos
planes sociales) antes del 5 de agosto de este año inclusive.
·Bono de $75: podrá cobrarse por cada
una de las cuatro primeras compras realizadas entre agosto y el 5 de septiembre
inclusive.
·Bono de $50: por cada una de las seis
primeras compras realizadas entre septiembre y el 5 de octubre inclusive.
El reintegro
del 15% del IVA a alimentos y productos de la canasta básica está disponible
para todas aquellas personas que cobren una Asignación Universal por Hijo
(AUH), una Asignación por Embarazo, una jubilación mínima o una pensión o
pensión no contributiva mínima. Según las estimaciones del Gobierno, más de
ocho millones de personas se encuentran en condiciones de acceder al beneficio.
Beneficios para los comercios que incorporen un posnet
El otro gran
problema que se planteó en los debates del Congreso fue la cantidad de negocios
que hoy no están en condiciones de cobrar sus ventas con tarjeta. Como
principio de solución, se acordó otorgar a los comerciantes un beneficio fiscal
para facilitar la adquisición del servicio.
La medida
fue también publicada este martes en el Boletín Oficial a través de la
Resolución 227 del Ministerio de Economía. La norma establece que quienes
incorporen un sistema posnet para realizar los cobros con tarjeta podrán
recibir el equivalente de hasta el 50% del costo del servicio adquirido como
crédito fiscal. Para hacerlo, cada mes deberán incorporar la suma en su
declaración jurada del IVA.
El reintegro
tendrá un tope de $300 como máximo por mes y por cada una de las terminales que
el comercio haya incorporado para realizar cobros con tarjeta.